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lunes, marzo 08, 2010

Comentarios

Muy buenas!!!!
Te hago una pregunta; ¿Este año vais acolgar la traducción de la carta de w. Buffet a los inversores?
Espero que la colgeis; ojalá! Me hizo mucha alegria ver, el año pasado, que alguien se había molestado en acercar este documento a los hispanoparlantes!!!!
Un saludo y gracias

Te me has adelantado, iba a escribir un artículo parecido pero con las acciones.
Si ganas dinero con las acciones que compraste hace años pagas sobre el 20% aunque con el efecto de la inflación tengas el mismo capital.
Pero si especulas en el año tambien pagarás sobre el 20% aunque el tipo de rentas del trabajo te saliera mas alto.
Natalio

Jesús, un par de aclaraciones porque el tema no es tan simple:
En el caso de bienes inmuebles, se aplican unos coeficientes de actualización de valores que es justamente eso, la inflación anual.

Si la propiedad del inmueble es anterior a 1995 el efecto impositivo queda muy diluido

La operación no es tan simple como tu la planteas (y menos mal)

Remo tiene razón, Hacienda aplica coeficientes correctores

Imaginemos que este año la inflación es del 2% y el banco te da un 2% anual pues al final del año teniendo el mismo poder adquisitivo tributaras el 19% del 2% obtenido.

Es cierto que en el caso de inmuebles el precio de adquisición se actualiza mediande un coeficiente de reducción, pero para casos largos como el del texto de Jesús no llega a actualizarse del todo y para cortos, es dudoso que cubra toda la inflación

Aquí podéis ver una tabla de coeficientes de reducción según el año de compra y se ve como si la compra es más allá de 1994 (15 años o más ) se queda igual independientemente de que sea 16 o 36 años:
http://www.idealista.com/news/archivo/2010/01/04/0127850-gobierno-cobra-m-s-vender-casa

Es decir, que es cierto que la inflación se acaba convirtiendo en un impuesto a largo plazo, sino 100%, sí en una gran medida en el caso de inmuebles y totalmente en otros casos como acciones, cuadros o cualquier otro bien ya que además hace unos años el gobierno quitó los coeficientes de abaratamiento que había para acciones o fondos adquiridos antes de 1994

Un tema relacionado y bonito es la no deflactación del IRPF que hace que la gente a la que le suben de sueldo la inflación pague más IRPF aún no aumentando su poder adquisitivo. A los gobiernos suele criticársele q no deflacte el IRPF más de muy de vez en cuando y que cuando lo hace no sea 100% alineado con el IPC. Además, lo suelen "venden" como una rebaja de impuestos, cuando muchas veces sólo es cuestión de actualizarlo con la inflación.

Danial, para el caso que expone Jesús, que no se corrije con los coeficientes de actualización, se aplica la Disposición Transitoria 9º de la Ley del IRPF.

Para el caso que se expone, la gananacia patrimonial es de unos 21.000 euros, debido fundamentalmente a las correcciones de las amortizaciones.

Repito, la inflación está lo suficientemente corregida en el IRPF o en el IS

Saludos

Dejo el link a la DT9 que no me ha cogido el html http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l35-2006.t13.html#dt9

¿Y qué pasa con la deflacción? ¿Qué pasa si vendo mi piso a un precio inferior al que lo compré? Hacienda debería aplicarme impuesto negativos, vamos devolverme pasta ¿no?

Creo que es una pregunta retórica, pero a lo mejor me llevo una sorpresa.

Hola Jesús,

Lamento contradecirte paro en la plusvalía por venta de un inmueble hay una corrección sobre el precio de compra que te equilibra a precios de hoy, también ocurre lo mismo con el alquiler, gastos de amortizaciones.

Saludos

Esos impuestos son buenos pq incentivan q el dinero se invierta en actividades productivas y no en bienes.

Sí, con el tema de las plusvalías de las viviendas me parece que ha habido un error. Es como apunta Remo y otros. Las cantidades se actualizan bastante a la realidad utilizando los mecanismos que el propio Estado te facilita.

Pero vamos, que la filosofía del post está bien planteada aunque técnicamente sea errónea.

En relación a este articulo sería interesante que leyeras este enlace que te adjunto del blog Salmón, que pone en evidencia de que lo que dices no es del todo cierto:

http://www.elblogsalmon.com/economia-domestica/inflacion-e-impuestos-la-inflacion-no-genera-efecto-recaudatorio

Saludos

Hola Jesús,

Me parece muy interesante el post. Estoy bastante de acuerdo en que existe mucho "afán" recaudatorio en el sistema tributario español, pero no nos queda otra que aguantarnos. Por cierto, me llamó la atención otro post (creo que lo escribiste tú pero ahora no lo encuentro), en el que criticabas las trabas económicas que tienen los emprendedores cuando inician su actividad: IVA, impuestos en ampliaciones de capital, etc... Hoy he visto una noticia en la que parece que existen condiciones favorables para microempresas. Dejo el link:

http://www.ipyme.org/es-ES/Varios/Paginas/detallenoticia.aspx?itemID=121

No es nada del otro mundo pero por algo se empieza, ¿no?.

Por cierto, estuve escuchando en iniciador Valladolid y me pareció una charla muy instructiva. ¡Te felicito! Lo que no sabía es que conocieras a gente de mi pueblo (los amigos con los que estabas son del mismo municipio que yo y ya se sabe en estos pueblos pequeños... nos conocemos todos). Pues nada, un saludo y un placer haberte escuchado.

Saludos a todos.

Para emprender un negocio no hay como USA: en 45 minutos montas una empresa... y a funcionar. Y todo online.

A Daniel del Valle, si el sistema tributario no tiene afan recaudatorio apaga y vamonos.

Y considero que con la vivienda no se puede obviar que estamos hablando de un bien básico y necesario, y que estamos en un estado SOCIAL y de derecho. Aunque algunos se quieran olvidar de ambas cosas.

A Señor G, evidentemente tiene que tener afán recaudatorio, tal vez me he expresado mal. Quería decir en el modelo económico español. Gracias por la corrección.

Muy curioso este aporte. La verdad es q tienes razon, ya son muy extendidos... y para comer crudooo :D

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